Cambio de vehículo
Analizamos que el vehículo antiguo de combustión y el vehículo eléctrico puro nuevo cumplen los requisitos para ser beneficiario del Sistema CAEs.
Si has cambiado a vehículo eléctrico, te ayudamos a validar si tu caso puede generar CAEs. Nos encargamos del enfoque técnico, documental y de tramitación.
Reclama hasta 1.000 € con los CAEs si tu actuación es elegible.
Elegibilidad
Analizamos que el vehículo antiguo de combustión y el vehículo eléctrico puro nuevo cumplen los requisitos para ser beneficiario del Sistema CAEs.
Comprobamos facturas, titularidad, fechas y datos para garantizar que se cumplan todos los requisitos.
Confirmamos que los CAEs no hayan caducado y que se puedan avanzar sin bloques administrativos evitables.
Requisitos
Que exista un vehículo antiguo de combustión que se cambie por un vehículo nuevo eléctrico.
Que el vehículo sea un eléctrico puro.
Que el cambio no se hubiera realizado hace más de 3 años.
Si tenías un turismo, el vehículo nuevo también deberá ser un turismo.
Que entre la compra del vehículo nuevo y la venta del vehículo antiguo no haya pasado más de 6 meses.
El vehículo antiguo no debe estar actualmente en tu propiedad y haberlo estado durante más de un año.
Documentación
Documento del titular para validación de identidad.
Con datos completos y fecha de adquisición.
Para revisar el encaje del cambio realizado.
Datos técnicos del vehículo para análisis del caso.
Soporte administrativo para el expediente.
Email y teléfono para seguimiento y coordinación.
FAQ
Depende de la elegibilidad técnica y documental del caso. Por eso realizamos una revisión previa antes de tramitar.
Normalmente te damos respuesta inicial en 24/48h con la viabilidad estimada y próximos pasos.
No necesariamente. Podemos orientarte sobre qué falta y cómo completarlo para no frenar el proceso.
Sí, los CAEs son totalmente compatibles con este tipo de ayudas, por lo que puedes haber solicitado el Plan MOVEE y aun así ser beneficiario de los CAEs. Esto hará que el precio real de tu vehículo sea más bajo aún.
Dependerá de la Comunidad Autónoma y del año donde realizaste a cabo el cambio.
No, nosotros nos encargaremos de todos los trámites administrativos por ti.
Los CAEs se consideran bienes muebles a nivel de venta, por lo que tendrás que tenerlo en cuenta. De tal manera, nosotros te explicaremos punto a punto cuando se finalice el expediente.
Siguiente paso
Cuéntanos tu caso y validamos si puedes reclamar compensación económica.
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Te indicamos de forma clara si tu caso puede tramitarse y qué documentación necesitas para avanzar.
Chiclana de la Frontera (Cádiz)